Apoyo a whatsapp
Muchos usuarios se han quejado de las nuevas condiciones y de sus consecuencias. Para evitar malentendidos y aumentar la transparencia, Whatsapp ha retrasado la efectividad de los nuevos términos hasta el 15 de mayo de 2021. Sin embargo, si el usuario quiere seguir utilizando Whatsapp, va a tener que aceptar los nuevos términos a más tardar en esta fecha.
El uso de Whatsapp con fines comerciales nunca ha cumplido con el GDPR. El problema más citado aquí es la carga de la libreta de direcciones sin la aprobación de todos los contactos del cliente, lo que puede conducir a multas significativas bajo el GDPR. Sin embargo, también hay otros problemas críticos potenciales del GDPR: El almacenamiento de datos fuera de Europa, la falta de control sobre los datos de los clientes y la imposibilidad de cumplir con los requisitos del GDPR como el derecho de acceso o el derecho a ser olvidado. Con las nuevas condiciones de Whatsapp, estos problemas son aún más graves.
Aquellas empresas que creen que el uso de Whatsapp como parte de la TI en la sombra es una falta menor, deben ser informadas de que ya se han producido varias multas del GDPR por el uso de Whatsapp con fines empresariales en Europa. Hasta ahora la multa más alta era de 150.000 euros. En teoría, por infringir el RGPD una empresa puede ser multada con hasta el 4% de sus ingresos anuales o un máximo de 20 millones de euros.
Preguntas frecuentes sobre Whatsapp
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Fijación de Whatsapp
Mientras que WhatsApp quiere que se anulen las nuevas normas, el Centro ha argumentado que las normas relativas al seguimiento del primer emisor son un ejemplo de «restricción razonable» a la que está sujeto el «derecho fundamental a la privacidad».
El Centro ha argumentado que WhatsApp está incurriendo en prácticas antiusuario al obtener un «consentimiento engañoso», y ha alegado que se está obligando a toda su base de usuarios a aceptar los términos y condiciones antes de que el proyecto de ley de protección de datos personales pendiente se convierta en ley. Sin embargo, en cada uno de estos casos, ambas partes han presentado argumentos que son diametralmente opuestos a lo que han argumentado en el otro caso, arrojando contradicciones inherentes a las posiciones que han tomado.
El Centro ha argumentado que WhatsApp está incurriendo en prácticas antiusuario al obtener un «consentimiento engañoso», y ha alegado que se está obligando a toda su base de usuarios existente a aceptar los términos y condiciones antes de que el proyecto de ley de protección de datos personales pendiente se convierta en ley.
¿Cómo de seguro es whatsapp?
La Comisión de Protección de Datos (CPD) de Irlanda ha golpeado al servicio de mensajería de Meta, WhatsApp, con una llamativa multa de 267 millones de dólares por violar el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de Europa. En respuesta, WhatsApp lanzó una nueva política de privacidad que se aplica sólo a Europa.
El GDPR otorga a los individuos un derecho fundamental a la protección de sus datos personales. Los individuos también tienen derecho a compartir sus datos personales o retenerlos. El CPD determinó que WhatsApp infringía cuatro disposiciones clave del RGPD, a saber Artículo 5(1)(a), Artículo 12, Artículo 13 y Artículo 14.
En resumen, estas cuatro violaciones significan que WhatsApp no fue totalmente transparente con los usuarios sobre cómo comparte la información con Meta. Además, tampoco se informó a los no usuarios (terceros en otras apps) de que su información podía ser compartida por WhatsApp, negándoles la capacidad y el derecho a controlar sus datos personales. Según el CPD, WhatsApp sólo proporcionó el 41% de la información requerida a los usuarios de su servicio, mientras que los no usuarios no recibieron ninguna.